lunes, 28 de enero de 2013

LA ABSURDA COARTADA DEL MONEXGATE

Fernando Belaunzarán
twitter: @ferbelaunzaran

Quienes gustan de las novelas policiacas saben muy bien que no hay crimen perfecto y, por lo mismo, que se puede dar con el culpable, a pesar de lo bien que haya sido planeado el golpe. La inteligencia, perspicacia, capacidad analítica, búsqueda de evidencias y avances de la ciencia forense y criminalística sirven para desentrañar lo ocurrido. Una investigación virtuosa consigue develar el misterio y vencer al engaño. Pues bien, el caso conocido como “monexgate” es todo lo contrario. Difícil imaginar un crimen más imperfecto, con notorias e innegables evidencias y el responsable claramente ubicado, que haya quedado impune. Y, por si eso fuera poco, valiéndose de una coartada tan bizarra y absurda que en realidad parece confesión de parte.

De una cuenta en Banca Monex a nombre de la empresa Inizzio se realizaron pagos directos a operadores del PRI durante la campaña electoral, a través de tarjetas inominadas. La cuenta fue fondeada por decenas de asociaciones mercantiles y algunas personas físicas. Queda por saber si todo ese dinero, más de 70 millones de pesos que ahí fueron depositados, tiene un origen lícito, pues la unidad de fiscalización no fue más allá y se dio por bien servida al determinar quiénes fueron los aportantes y que esos recursos hayan sido cubiertos, meses después, por el pago del PRI, en cumplimiento a un extraño y dudoso contrato con una empresa distinta a la de la titular de la cuenta y del que hablaremos más adelante.

El artículo 72 del Reglamento de Fiscalización es inequívoco al establecer que todos los gastos erogados durante las campañas tienen que salir de cuentas partidarias específicas, pero en la resolución absolutoria que aprobó el IFE ni siquiera menciona la grave anomalía de que el dinero saliera de una cuenta a nombre de una empresa mercantil. Por lo mismo, si dicha cuenta pudo ser fiscalizada fue gracias al escándalo, pues de otra manera la autoridad electoral no hubiera tenido conocimiento de la misma. Para que se entienda, vale la pena recrear el contexto.

El 25 de junio de 2012, a una semana de las elecciones, Roberto Gil, entonces Coordinador de Campaña de Josefina Vázquez Mota, presenta dos tarjetas Monex, asegurando que son de operadores del PRI en el estado de Guanajuato. Dos días después, el IFE emite un comunicado diciendo que dichas tarjetas corresponden a un lote de 9,924, fondeandas en una cuenta con 70.8 millones de pesos. En al menos dos ocasiones, una con Carmen Aristegui y otra con Joaquín López Dóriga, quienes en sus respectivos programas de radio tenían semanales debates entre los coordinadores de campaña de los tres candidatos principales, Luis Videgaray, quien cumplía esa función con Enrique Peña Nieto, negó categóricamente que el PRI las utilizara. Y lo siguió negando después de que el PRD presentó facturas de Inizzio y de Efra con Monex por más de 150 millones de pesos.

Fue hasta después de la elección, 19 de julio de 2012, que Jesús Murillo Karam, distinguido miembro del equipo de campaña de EPN, reconoce la existencia de tarjetas Monex, asegurando que se utilizaron para pagar a su estructura electoral, que lo pesaban informar como gasto ordinario, que no tuvieron relación directa con dicha banca y que lo único que hicieron fue firmar un contrato con la empresa Alkino para que les otorgara las tarjetas prepagadas por 66.3 millones de pesos. Este documento es el corazón de una coartada que, además de insultar a la inteligencia, también es ilegal. Veamos.

La historia-coartada del PRI que inexplicablemente compró el IFE es la siguiente: Necesitaba pagar a la estructura electoral y en lugar de ir a un banco o instancia financiera, acude a una empresa mercantil sin solvencia que se dedica, según su razón social, a cosas muy distintas. En el 2011 declaró en ceros a la Secretaría de Hacienda. Como efectivamente no tenía los recursos para fondear las tarjetas, Alkino contrata a otra empresa que igualmente tiene un objeto distinto, Atama, que es todavía más insolvente según puede verse de sus declaraciones hechas a la autoridad -no tiene ni empleados registrados-, su domicilio fiscal es una fachada y de dueño aparece una persona ya fallecida y un chofer que no tiene los medios económicos para hacer frente a ese compromiso. Dicha empresa contrata a una subsidiaria con los mismos prestanombres, Inizzio, la cual es la titular de la cuenta de Monex en la que se depositaron los recursos que fueron retirados por las tarjetas. Otra empresa, claramente vinculada al PRI, y que apareció en diversas investigaciones periodísticas, Efra, solicitó tarjetas en ese mismo banco, pero canceló todas –menos una- y mandó depositar todos los recursos a la cuenta ya mencionada. Es importante decir que a pesar de la insolvencia documentada de Inizzio, ésta última empresa argumenta que los aportantes eran deudores suyos –más de 70 millones de pesos-, desconociéndose el motivo de las supuestas deudas y resultando realmente extraño dada su situación precaria por ella misma reconocida en sus informes al fisco.

Que un partido realice gastos a través de una cuenta distinta a las suyas ya es una grave ilegalidad. Contratar un crédito con una empresa mercantil también lo es. El Reglamento de Fiscalización sólo habla de préstamos con la banca comercial y prohíbe expresamente la de realizarlos con la banca de desarrollo. Para pactarlo se deben cumplir diversas disposiciones, entre ellas la de informarlo al IFE. Se trata de una normatividad restrictiva, pues en el diseño del sistema electoral quedó establecido un financiamiento público generoso a los partidos; pero con fuerte control en el privado, tanto en lo que se refiere al origen de los recursos como en su gasto. Por salvar al Príncipe, la autoridad electoral abre la puerta al financiamiento de empresas mercantiles cuando sus aportaciones están explícitamente prohibidas, no está contemplado en la normatividad y representa un fuerte riesgo, sobre todo cuando, como es el caso, en los hechos otorgan mejores condiciones que los bancos.

En el sospechoso contrato del PRI con Alkino, acuerdan una tasa del 3% mensual, pero dicho partido termino pagando mucho menos. Casi seis millones de pesos, aunque el contrato fue firmado supuestamente en marzo y se acabó pagando hasta la segunda semana de enero. Además, debe descontarse el 1.5% que ofreció tanto a Atama como a Inizzio. Y si a eso le agregamos que le obsequió 90 días sin intereses –no se los pagaron y no hay nada que diga que se los estén cobrando- nos encontramos con un elemento más que indica que se trata de una burda pantalla mal hecha. Con el criterio usado por el IFE para exonerar al PRI en el monexgate, empresas mercantiles pueden disfrazar sus aportaciones como créditos, cuyo pago puede ser diferido y acabar pagando una bicoca de intereses quién sabe cuándo. Estamos ante un fraude a la ley cubierto con otro fraude a la ley, ambos descarados.

Si la investigación deja muchas dudas sobre el origen de los recursos –aclaró qué empresas y qué personas aportaron, pero no si éstos depositaron dinero lícito-, lo mismo sucede con el destino. Más de 40 millones de pesos fueron retirados en efectivo por personas desconocidas en cajeros automáticos sin firmar un solo recibo, pues las tarjetas no contenían el nombre de los propietarios. Cabe agregar que los representantes de casilla del PRI consultados por la unidad de fiscalización del IFE negaron haber recibido tarjetas Monex.

Basados en que la unidad de fiscalización del IFE no tiene facultades para investigar delitos, el instituto detiene sus pesquisas, evita saca las conclusiones evidentes y se limita a dar vista a diversas autoridades para que sean éstas las concluyan. Suena bien que las instituciones tomen cartas en el asunto, pero veamos que significa esto en la práctica. ¿Quiénes serán los encargados de investigar delitos en este financiamiento paralelo en la campaña de Enrique Peña Nieto? El Secretario de Hacienda, Luis Videgaray, ex coordinador de campaña de EPN y quien se cansó de negar la existencia de tarjetas Monex antes de la elección. El Procurador General de la República, Jesús Murillo Karam, también miembro distinguido del equipo de campaña de Peña Nieto y fue quien dio a conocer la versión del PRI sobre el particular. El Director del Área de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda, Alberto Bazbaz, ex procurador del Edomex. Parece broma, pero la impunidad no lo es.

Existe una clara intención de que, al menos formalmente, el triunfo de Peña Nieto en la elección presidencial no sea manchado ni con el pétalo de una sanción. Lo más grave no es que el PRI recurra a un relato irracional sin mayor prueba que un contrato de dudosa credibilidad –que bien pudo hacerse posterior al escándalo y prefecharse- sino que la autoridad se lo crea. El IFE es una institución fundamental que necesita de la credibilidad para dar confianza a una sociedad que la experiencia ha vuelto escéptica. La decisión de exonerar al PRI y que tomó por exigua mayoría, cinco contra cuatro, no sólo fomenta la impunidad sino que fortalece el discurso de quienes sostienen que toda la institucionalidad democrática está podrida y debe barrerse para construir una nueva desde cero. Se debe valorar lo que hemos avanzado y resulta pernicioso debilitar a las instituciones, pero éstas deben asumir su responsabilidad y mostrar independencia del interés faccioso.

Si el IFE se creyó el cuento de que un partido como el PRI buscó financiamiento con tarjetas de prepago con una empresa que nunca había hecho algo semejante y que, además no se enteró de todo el entramado de subcontrataciones con otras peores, encabezadas por prestanombres, ni de quienes aportaron los recursos que le fueron entregados a sus operadores, allá los cándidos consejeros, pero que no esperen que la sociedad los acompañe en su genuina o interesada ingenuidad. Peor aún, lo que no se puede justificar con el derecho a chuparse el dedo, es que se hayan hecho ojo de hormiga con claras violaciones a la legalidad, como la utilización de cuentas distintas a las de ese partido para pagar y la contratación de un crédito por fuera de la banca comercial y sin cumplir uno solo de los requisitos que se piden para ello.
No tiene ninguna racionalidad la coartada del PRI. Si podemos encontrar algún sentido a esta historia es que una vez que se descubrió el financiamiento paralelo, dicho partido se avocó a cubrirla como pudieron después, por cierto, de haberlo negado. Entiendo su espanto y la necesidad de ocultarlo, pues al estar explícitamente prohibidas las aportaciones de asociaciones mercantiles en las campañas se trata de recursos ilegales. Pero de la misma manera que el ladrón no se le exonera por regresar la cartera que robó, el PRI no debe quedar absuelto por pagar lo que utilizó de esa cuenta ilegal de Inizzio en Monex. Y algo gravísimo. Vuelve legal el dinero que no lo era y eso se llama lavado. Y al hacerlo con sus prerrogativas significa que fue con recursos de los contribuyentes. Esperemos que el Tribunal Electoral rectifique y el monexgate no quede en la impunidad. Al IFE, que dio crédito a la absurda coartada, nada más queda decirle un HT popular de twitter, mismo que les recordé en una de mis intervenciones en la sesión: #ternurita

De paso…
El mismo día en que el IFE exoneró al PRI por el monexgate, la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación concedió un amparo “liso y llano” a la ciudadana francesa, Florence Cassez, gracias a la cual obtuvo su libertad. Una decisión impopular que no obstante yo considero correcta. Como lo expliqué en un artículo anterior, “La hora de Florance Cassez”, http://herejiapolitica.blogspot.mx/2012/03/la-hora-de-florence-cassez.html , ya no era posible hacer justicia y dilucidar la duda acerca de su culpabilidad o no. Pero más importante que el fallo polémico sobre un caso en particular, es el mensaje a favor del debido proceso y del respeto irrestricto a los Derechos Humanos; un triunfo del garantismo. La reacción social de repudio nos hace ver el gran reto cultural que tenemos por delante para sensibilizar a la sociedad de que la justicia sólo es accesible si se respetan los derechos de todos, que si hay atajos son como los del Lobo Feroz y que si padecemos tanto impunidad como arbitrariedad es precisamente por el prejuicio de considerar al debido proceso como un asunto de “forma” que ayuda a los delincuentes. Así seamos pocos y el ambiente hostil, hay que dar la batalla. Cambiar mentalidades lleva tiempo…

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miércoles, 16 de enero de 2013

INICIATIVA QUE RECUPERA LOS ACUERDOS DE SAN ANDRÉS

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS PARA RECUPERAR LA AGENDA LEGISLATIVA PENDIENTE DE LA LEY COCOPA COMPUESTA POR LOS ACUERDOS DE SAN ANDRÉS, A CARGO DEL DIPUTADO FERNANDO BELAUNZARÁN MÉNDEZ Y SUSCRITA POR LOS DIPUTADOS VICARIO PORTILLO MARTÍNEZ, AGUSTÍN MIGUEL ALONSO RAYA, JHONATAN JARDINES FRAIRE Y ROBERTO CARLOS REYES GÁMIZ DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA.

Planteamiento del Problema
La reforma constitucional del 2001 en materia indígena representó sin duda un avance en la reivindicación de derechos y cultura indígenas, pero no significó el fin del conflicto que se planteó resolver. La reforma plasmada en el artículo 1º respecto a la prohibición de toda discriminación motivada por origen étnico, género, religión, condición social o cualquier otra que atente contra la dignidad humana también debe verse como una conquista a favor de la inclusión de los mexicanos en su rica pluralidad.

Pese a dichos avances, es necesario reconocer que existe un conflicto abierto y que falta camino por recorrer en la reivindicación plena de los derechos de los pueblos indígenas. En ese sentido es conveniente rescatar los puntos que no fueron incorporados de la Iniciativa de Ley formulada por la Comisión de Concordia y Pacificación (COCOPA) que fue dictaminada en abril del 2001 para una discusión indispensable en el Congreso mexicano para contribuir de esa manera con la paz y el fortalecimiento de las comunidades, respetando sus diferencias y reconociéndonos juntos como parte de la nación mexicana.

Quedaron pendientes los temas planteados en materia de democracia y justicia; y de bienestar y desarrollo.

Tenemos una gran deuda con las comunidades indígenas y es necesario que asumamos el compromiso de atenderlo con responsabilidad para lograr que la libre determinación y autonomía de los pueblos indígenas, ya consignada en el artículo 2º de nuestra Constitución, deje de ser un buen deseo y pueda ejercerse a plenitud, en el marco establecido por la propia Carta Magna. En ese sentido, resulta fundamental garantizar que los pueblos indígenas tengan acceso a las instancias de representación política y al reconocimiento de las comunidades indígenas como entidades de derecho público.

Sin duda que el EZLN tiene el indiscutible mérito de haber puesto en el centro de la agenda nacional la situación de inadmisible injusticia que padecen los pueblos indígenas en nuestro país, lo cual tuvo como momento culminante los diálogos de paz que derivaron en los Acuerdos de San Andrés Larráinzar, mismos que fueron retomados por la iniciativa redactada por la COCOPA y presentada por Vicente Fox a principios de 2001. Su voz no podrá ser ignorada en la dictaminación de las reformas y adiciones aquí propuestas.

La presente iniciativa tiene por objeto recuperar los Acuerdos de San Andrés plasmados en la llamada “Ley COCOPA” que no fueron aprobados en la reforma de 2001 y que es necesario rescatar para una nueva discusión que pueda dar por cumplida esa etapa del proceso de paz que quedó trunca y que significarían un paso más en la reivindicación de los legítimos derechos de los pueblos indígenas. Para lo cual se propone derogar elementos que resultaron polémicos, como las políticas asistencialistas que no fueron pedidas y se incluyeron en el artículo 2o de la Constitución, las cuales provocaron fuertes críticas por parte de diversas organizaciones indígenas que, con justa razón, no quisieron ser degradadas a simples demandantes de dádivas; y reincorporar las propuestas que no fueron consideradas en el dictamen de la reforma constitucional en materia indígena o que fueron distorsionadas, en ese y otros artículos, en los términos de aquella que en su momento concito el respaldo de todas las fuerzas políticas representadas en la COCOPA y que retomaba los Acuerdos de San Andrés.
El propósito es poner al Congreso mexicano a rediscutir un tema que quedó inconcluso, en donde ha habido avances, pero que quedan asignaturas pendientes que son ineludibles para poder responder adecuadamente a los pueblos indígenas. El Poder Legislativo debe hacer su trabajo, escuchando a todos a luz de la experiencia y mostrando disposición a corregir deficiencias y profundizar en las reformas. Para ello será indispensable contar con la participación de las comunidades, organizaciones y sociedad civil.
Todos debemos contribuir a la reconciliación entre mexicanos. Hay que hacerlo con el lenguaje que acerca y tiende puentes, pero también con una visión que ve hacia adelante y entiende que los adversarios de antes no tienen por qué serlo siempre. Se puede, mediante el ejercicio de la buena política -que requiere de generosas dosis de imaginación y voluntad para resolver los problemas- encontrar soluciones a añejos problemas.
Es importante remarcar que la causa del reconocimiento pleno a los derechos indígenas no es exclusiva de estos sino de todos los mexicanos que aspiramos a contar con una democracia inclusiva que lejos de proscribir o estigmatizar la diferencia se nutra de ella para potencializar, en toda su riqueza, la pluralidad de la nación.



Argumentos
El 1º de Enero de 1994 las fuerzas insurgentes del Ejercito Zapatista de Liberación Nacional le declararon la guerra al Ejecutivo Federal expresando el hartazgo centenario de generaciones llenas de miseria y de abandono por parte del gobierno. Hablaron a nombre de las comunidades indígenas que no tienen la capacidad de cubrir necesidades mínimas porque carecen de trabajo, tierra, techo, alimentación, salud y educación. También exigieron derechos políticos y garantías de independencia, libertad, democracia, justicia y paz.
Después de un periodo de sangre y tensión finalmente se abrió un proceso de diálogo entre las partes que culminó con la firma de los Acuerdos de San Andrés Larráinzar en 1996 en los que se asumieron compromisos en torno a cinco temas: Bienestar y Desarrollo; Conciliación de Chiapas; Derechos de la mujer en Chiapas; Derechos y Cultura indígena; y Democracia y Justicia.
La Comisión de Concordia y Pacificación asumió el compromiso de redactar el Proyecto de Reforma Constitucional incorporando los temas fundamentales de los Acuerdos de San Andrés.
El 7 de diciembre del año 2000, justo al inicio de su gobierno, el Ejecutivo Federal hizo suya la iniciativa con proyecto de reforma constitucional formulada por la Comisión de Concordia y Pacificación y presentó la iniciativa a la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión.
La llamada Iniciativa COCOPA, aunque no integraba la mayoría de las propuestas contenidas en los Acuerdos de San Andrés, sí contaba con el aval de todas las fuerzas políticas y de las partes involucradas en la reforma constitucional para lograr el reconocimiento de la autonomía de los pueblos indígenas.
Dicha iniciativa planteaba reformas a los artículos 4, 18, 26, 53, 73, 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano.
La reforma propuesta al artículo 4 constitucional, que finalmente fue plasmada parcialmente en el artículo 2º, planteaba el derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación; el reconocimiento del derecho a decidir sus formas de convivencia y organización económica, política y social, el derecho a aplicar sus sistemas normativos en la solución de conflictos internos, el derecho a elegir a sus autoridades y ejercer sus formas de gobierno interno, la facultad de acceder al uso y disfrute de los recursos naturales de sus tierras y territorios, entre otras propuestas.
La reforma al artículo 18 planteaba una forma alternativa para que los indígenas sentenciados pudiesen compurgar sus penas cerca de sus domicilios.

La reforma planteada al artículo 26 proponía que los pueblos y comunidades indígenas pudieran tener participación en los planes y programas de desarrollo y que el Estado les garantizara su acceso equitativo a la distribución de la riqueza nacional.

La iniciativa contemplaba 2 propuestas de reforma electoral, una de ellas estaba alojada en el artículo 53 y la otra en el artículo 116, la primera planteaba un rediseño de las demarcaciones, distritos uninominales, así como de las circunscripciones plurinominales de tal forma que fuera considerada la ubicación de los pueblos indígenas para garantizar su participación y representación políticas en el ámbito nacional.

La otra reforma electoral planteada al artículo 116 buscaba garantizar la representación política de los pueblos indígenas haciendo una redistritación electoral para ajustar los distritos conforme a la distribución geográfica de los pueblos indígenas.

Se propuso reformar el artículo 73 para dotar al Congreso de la Unión de la facultad para expedir las leyes que garantizaran la coordinación entre los tres órdenes de gobierno para hacer cumplir los derechos políticos, económicos, sociales y culturales de los pueblos indígenas.

La reforma al artículo 115 planteaba entre otras cosas que hubiera mecanismos que permitieran la participación ciudadana en la programación evaluación, y control de los recursos destinados al desarrollo social a nivel municipal.

La propuesta planteaba que las comunidades indígenas al ser consideradas como entidades de derecho público podrían asociarse libremente para coordinar sus acciones con los municipios que hubiesen reconocido su pertenencia a un pueblo indígena.

Finalmente, la iniciativa planteaba que previa consulta con las poblaciones, los congresos locales legislarían a fin de hacer una remunicipalización en aquellos territorios en los que estuviesen asentados los pueblos indígenas.

El 25 de abril de 2001, cuatro meses después de la presentación de la Iniciativa de la ley COCOPA en la Cámara de Senadores, las comisiones unidas de puntos Constitucionales, de Asuntos Indígenas y de Estudios Legislativos presentaron al pleno el dictamen de reforma constitucional con modificaciones a los artículos 1, 2, 4, 18 y 115. En el dictamen no se incorporaron las propuestas de la Ley COCOPA a los artículos 18, 26, 53, 115 y 116.

El dictamen incorporó en el artículo 2 los derechos y cultura indígena que habían sido originalmente planteados en el artículo 4. Sin embargo, quedaron pendientes las reformas con relación a democracia y justicia; y bienestar y desarrollo.

La reforma al artículo 2 plasmada en el dictamen generó una amplia controversia en la Cámara de Diputados porque contenía modificaciones que suprimían la calidad que originalmente se había proyectado para habilitar a las comunidades indígenas como entidades de derecho público con personalidad jurídica y en su lugar se les confirió un estatus de entidades de interés público. Por otro lado, el apartado B del mismo artículo, prevé suplantar derechos por políticas asistencialistas, lo cual es contrario al espíritu de la Ley COCOPA. 


El 28 de abril del 2001 la cámara de Diputados aprobó el Dictamen de la minuta del senado en sus términos con 386 votos a favor, 60 en contra y 2 abstenciones.

Posteriormente se turnó a las Legislaturas de los Estados y se obtuvieron 16 votos aprobatorios de los Congresos de los Estados de Aguascalientes, Campeche, Coahuila, Colima, Durango, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Tabasco, Tlaxcala y Veracruz; y 8 votos en contra de los Congresos de los Estados de Baja California Sur, Guerrero, Hidalgo, México, Oaxaca, San Luis Potosí, Sinaloa y Zacatecas.

El 18 de julio de 2001 la Comisión Permanente hizo la declaratoria Constitucional y el 4 de agosto del mismo año, el Ejecutivo Federal publicó la reforma en el Diario Oficial de la Federación.
Reconociendo que la reforma Constitucional del 2001 en materia indígena avanzó, pero no incorporó propuestas fundamentales de la Iniciativa de Ley COCOPA, pongo a consideración del Congreso de la Unión la presente iniciativa que las recupera. De esta manera los Acuerdos de San Andrés Larráinzar vuelven a estar a consideración del Poder Legislativo.

Fundamento legal
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de las Cámaras del Congreso la presente iniciativa con proyecto de:


DECRETO


ÚNICO.- Se REFORMA la fracción III, la fracción VI y el último párrafo del apartado A del artículo 2; Se DEROGA el párrafo cuarto y el apartado B del artículo 2; Se ADICIONA un octavo párrafo recorriéndose el subsecuente al artículo 18; un tercer párrafo a la fracción A del artículo 26 recorriéndose el subsecuente párrafo; un segundo párrafo el artículo 53 recorriéndose el subsecuente párrafo; la fracción XXIV del artículo 73 recorriéndose las subsecuentes fracciones; un segundo párrafo a la fracción V y las fracciones IX y X del artículo 115; y un cuarto párrafo a la fracción II del artículo 116 recorriéndose los subsecuentes párrafos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:


Artículo 2o. (…)

(…)

(…)

Se deroga

(…)

A (…)

I. – II…

III. Elegir a sus autoridades y ejercer sus formas de gobierno interno de acuerdo a sus normas en los ámbitos de su autonomía, garantizando la participación de las mujeres en condiciones de equidad;

IV.- V(…)

VI.- Acceder de manera colectiva al uso y disfrute de los recursos naturales de sus tierras y territorios, entendidos éstos como la totalidad del hábitat que los pueblos indígenas usan u ocupan, salvo aquéllos cuyo dominio directo corresponde a la Nación;


VIII (…)

Las Constituciones y las leyes de los Estados de la República, conforme a sus particulares características, establecerán las modalidades pertinentes para la aplicación de los principios señalados, garantizando los derechos que esta Constitución reconoce a los pueblos indígenas.

B.- Se Deroga.

Artículo 18.- …

(…)

(…)

(…)

(…)

(…)

(…)

(…)

Los indígenas podrán compurgar sus penas preferentemente en los establecimientos más cercanos a su domicilio, de modo que se propicie su reintegración a la comunidad como mecanismo esencial de readaptación social.

(…)

Artículo 26.-

A.- …

(....)

(....)



La legislación correspondiente establecerá los mecanismos necesarios para que en los planes y programas de desarrollo se tomen en cuenta a las comunidades y pueblos indígenas en sus necesidades y sus especificidades culturales. El Estado les garantizará su acceso equitativo a la distribución de la riqueza nacional.

(....)

B…

(…)

(…)

(…)

(…)


Artículo 53.- (....)

Para establecer la demarcación territorial de los distritos uninominales y las circunscripciones electorales plurinominales, deberá tomarse en cuenta la ubicación de los pueblos indígenas, a fin de asegurar su participación y representación políticas en el ámbito nacional.

(....)

Artículo 73.- …

I. – XXIII …

XXIV.- Para expedir las leyes que establezcan la concurrencia del gobierno federal, de los estados y de los municipios en el ámbito de sus respectivas competencias, respecto de los pueblos y comunidades indígenas, con el objeto de cumplir los fines previstos en los artículos 1º, 2º y 115 de esta Constitución;

XXV.- (…)

XXVI.- (…)

XXVII.- (…)

XXVIII.- (…)

XXIX.- (…)

XXX.- (…)

XXX-B. - (…)

XXX-C.- (…)

XXX-D.- (…)

XXX-E.- (…)

XXX-F.- (…)

XXX-G.- (…)

XXX-H.- (…)

XXX-I.- (…)

XXX-J.- (…)

XXX-K.- (…)

XXX-L.- (…)

XXX-M.- (…)

XXX-N. - (…)

XXX-Ñ. - (…)

XXX-O.- (…)

XXX-P. - (…)

XXX-Q. - (…)

XXXI.- Para expedir todas las leyes que sean necesarias, a objeto de hacer efectivas las facultades anteriores, y todas las otras concedidas por esta Constitución a los Poderes de la Unión.

Artículo 115…

I.- IV (…)

V (…)

En los planes de desarrollo municipal y en los programas que de ellos se deriven, los ayuntamientos le darán participación a los núcleos de población ubicados dentro de la circunscripción municipal, en los términos que establezca la legislación local. En cada municipio se establecerán mecanismos de participación ciudadana para coadyuvar con los ayuntamientos en la programación, ejercicio, evaluación y control de los recursos, incluidos los federales, que se destinen al desarrollo social;



VI. a VIII. (....)

IX. Se respetará el ejercicio de la libre determinación de los pueblos indígenas en cada uno de los ámbitos y niveles en que hagan valer su autonomía, pudiendo abarcar uno o más pueblos indígenas, de acuerdo a las circunstancias particulares y específicas de cada entidad federativa.

Las comunidades indígenas como entidades de derecho público y los municipios que reconozcan su pertenencia a un pueblo indígena tendrán la facultad de asociarse libremente a fin de coordinar sus acciones. Las autoridades competentes realizarán la transferencia ordenada y paulatina de recursos, para que ellos mismos administren los fondos públicos que se les asignen. Corresponderá a las Legislaturas estatales determinar, en su caso, las funciones y facultades que pudieran transferírseles, y

X. En los municipios, comunidades, organismos auxiliares del ayuntamiento e instancias afines que asuman su pertenencia a un pueblo indígena, se reconocerá a sus habitantes el derecho para que definan, de acuerdo con las prácticas políticas propias de la tradición de cada uno de ellos, los procedimientos para la elección de sus autoridades o representantes y para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno, en un marco que asegure la unidad del Estado nacional. La legislación local establecerá las bases y modalidades para asegurar el ejercicio pleno de ese derecho.

Las Legislaturas de los Estados podrán proceder a la remunicipalización de los territorios en que estén asentados los pueblos indígenas, la cual deberá realizarse en consulta con las poblaciones involucradas.

Artículo 116.- (....)
(....)
I. (....)

II.- (…)

(…)

(…)

Para garantizar la representación de los pueblos indígenas en las Legislaturas de los Estados por el principio de mayoría relativa, los distritos electorales deberán ajustarse conforme a la distribución geográfica de dichos pueblos.
(…)

(…)

(…)

(…)

(…)

III. a VII. (....)











TRANSITORIOS
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, una vez agotado el procedimiento previsto por el artículo 135 constitucional.
Segundo. El Congreso de la Unión deberá adecuar las leyes federales correspondientes, de conformidad a lo dispuesto por el presente decreto, en un plazo no mayor a un año, a partir de la entrada en vigor de éste.
Tercero. Se derogan todas las disposiciones que se opongan a las reformas establecidas en el presente decreto.

SUSCRIBEN


Dip. Fernando Belaunzarán Méndez


Dip. Vicario Portillo Martínez Dip. Agustín Miguel Alonso Raya

Dip. Jhonatan Jardines Fraire Dip. Roberto Carlos Reyes Gámiz





Recinto Legislativo de la Comisión Permanente, 16 de Enero de 2013


jueves, 10 de enero de 2013

2013: EL NUEVO ESCENARIO

Fernando Belaunzarán
Twitter: @ferbelaunzaran

El anquilosado sistema político mexicano, por fin, se está moviendo. Tres lustros de empantanamiento que hicieron perder ímpetu a la transición democrática, al grado de prefigurar severos riesgos de regresión, parecen haber terminado. Por distintas razones, las principales fuerzas políticas rompieron la regla no escrita de subordinar su actuación al cálculo electoral inmediato y decidieron construir acuerdos de gran alcance. Entendieron que sólo juntos podrían enfrentar las redes de intereses muy diversos que se benefician de que, en su respectivo ámbito, todo siga igual en detrimento del interés nacional y que, en los hechos, están imponiendo sus condiciones al Estado. Las apuestas de cada uno son altas… y los riesgos también.

Nadie se engaña. Es claro que Enrique Peña Nieto está ganando capital político con el Pacto por México. Además de la gobernabilidad obtenida al garantizar las amplias mayorías legislativas a favor de las reformas de gran calado convenidas, que no es poca cosa, se muestra socialmente como el conductor de los cambios por ser el titular del Poder Ejecutivo. Ése es el costo que correctamente decidió asumir la oposición, tanto de derecha como de izquierda, a cambio de lograr que partes sustanciales de sus respectivas agendas fueran incorporadas en los compromisos y contribuir con la construcción de un régimen funcional que sea capaz de atender las necesidades actuales y proyectarse al futuro; salir del marasmo estructural en el que se había caído como resultado de una transición inconclusa y en proceso de descomposición. Más allá del cálculo de quien gana más en términos facciosos, lo cierto es que México, como nación, se beneficia.

Es muy probable que la apuesta del PRI y EPN sea reducir a los poderes fácticos al control del Estado para que el Presidente vuelva a tener la supremacía que perdió; pero lo cierto es que el país y la sociedad se benefician de que las instituciones y la ley no estén sometidas a intereses particulares y monopólicos. Además, los compromisos establecidos en materia política, si se cumplen, contribuirán a consolidar la democracia, pues establecen equilibrios, contrapesos, rendición de cuentas, elecciones equitativas y corresponsabilidad en el rumbo del país.

Tres momentos críticos pondrán a prueba la voluntad de los partidos para cumplir con la ambiciosa agenda establecida en el Pacto por México. Si bien la reforma educativa fue la prenda de que el asunto iba en serio, la prueba de fuego vendrá con la reforma en telecomunicaciones. Elba Esther, sin duda fuerte, se ve pequeña frente al gran poder mediático. Las presiones serán enormes. Pasando esa aduana, vendrá lo que debe hacer viable los compromisos presupuestales del acuerdo. La reforma hacendaria, que debe ser presidida por la agenda anticorrupción, resulta vital e indispensable. Es correcto ahorrar con políticas de austeridad, pero resulta absolutamente insuficiente para el tamaño de lo comprometido, entre otras cosas el sistema de salud universal, seguro de desempleo y reducir a 65 años la edad para recibir el apoyo a adultos mayores. El populismo de derecha en el mundo se basa en lucrar con la general antipatía a los impuestos y es previsible que los enemigos del pacto vean ahí una oportunidad para que aborte. Sin una mayor recaudación -y no me refiero a cobrar IVA en medicinas y alimentos- el gran acuerdo suscrito se volverá utópico. Las grandes corporaciones saben que en la mira está terminar con regímenes especiales, por lo que es de esperarse que gritarán gustosos “no más impuestos”, incluso del brazo de quien suelen mirar como adversario.

La tercera prueba está fuera del pacto, pero es un punto central en la agenda nacional de este año. Las catorce elecciones locales polarizarán de manera natural el escenario, sobre todo porque se vislumbran alianzas opositoras amplias que le disputarán en serio al PRI en dichos estados. Al garantizar la pluralidad política, estos frentes electorales contribuirán también a consolidar la democracia y a impedir que el país vuelva a pintarse de un solo color como sucedía en el viejo régimen. La lucha por el poder no debe volver a ser un trámite en ninguna parte del territorio nacional. Mantener el acuerdo en sus amplios alcances en medio de una lucha política intensa será un reto que pondrá a prueba la responsabilidad y la voluntad de los actores de cambiar al país. 2013, un año vital…

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